POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS
PERSONALES
El Instituto Departamental de Deportes y
Recreación del Cauca – INDEPORTES CAUCA, como responsable del tratamiento de
datos personales obtenidos en desarrollo de su objeto y funciones legales, y en
ejercicio de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012 y el capítulo 25 del
Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, se permite
establecer la siguiente política de tratamiento de datos personales, buscando
garantizar la protección de los derechos fundamentales en su tratamiento.
IDENTIFICACION DEL RESPONSABLE Y ENCARGADO DEL
TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES:
INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE
DEPORTES Y RECREACION DEL CAUCA – INDEPORTES CAUCA
Entidad pública
descentralizada del orden territorial con el objetivo de patrocinio, el
fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la
ejecución y el asesoramiento para el deporte, la recreación, la educación
extraescolar y el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación Integral
de las personas en todas las edades, niveles y estamentos sociales en el
departamento del cauca, todo en desarrollo del derecho constitucional que se
consagra para todos los individuos en su libre acceso a una formación física,
mental y espiritual adecuada.
Será el instituto el
encargado de coordinar el plan nacional del deporte, la recreación y la
educación física en los términos de la Ley 181 de 1995, o cualquier otra
disposición legal que se consagre.
Encaminara sus acciones a fomentar
el deporte formativo y la amplia participación de la comunidad, estimulara la
competitividad bajo criterios de equidad y juego limpio.
NIT:
817004722-1
Domicilio
Principal: Calle
5 No 9 – 10/Barrio el Centro – Popayán – Cauca
PBX:
602832396
Correo electrónico: pqrs@indeportescauca.gov.co
INTRODUCCION
El Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca –
INDEPORTES CAUCA cuenta con un portal web, al cual puede acceder cualquier
usuario conectado a Internet. El portal
www.indeportescauca.gov.co será referenciado en este documento como el Portal y
debe contar con unas políticas de privacidad y tratamiento de datos personales,
ya que los usuarios que hagan utilización de sus recursos deben estar de
acuerdo con ellas antes de dar inicio al uso del Portal e interactuar con él.
ALCANCE
La
política de tratamiento de datos personales de El Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca –
INDEPORTES CAUCA aplica
para quienes actúan como responsables o encargados de tratamiento y a toda
información personal registrada en las bases de datos y archivos de la entidad.
Así mismo, está dirigida al
conglomerado social en general para conocimiento público.
DEFINICIONES
Para el desarrollo de la presente
política, se adoptan las siguientes definiciones contenidas en la Ley 1581 de
2012 y el capítulo 25 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074
de 2015:
Autorización: Consentimiento
previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de
datos personales.
Aviso de privacidad: Comunicación
verbal o escrita generada por el responsable dirigido al titular para el tratamiento
de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia
de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la
forma de acceder a las mismas y las finalidades del tratamiento que se pretende
dar a los datos personales.
Base de Datos: Conjunto
organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.
Dato personal: Cualquier
información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales
determinadas o determinables.
Dato público: Es el dato
que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos,
entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su
profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su
naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en
registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y
sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a
reserva.
Dato personal semiprivado: Son
datos que no tienen una naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo
conocimiento o divulgación puede interesar no solo a su titular, sino a un
grupo de personas o a la sociedad en general. Para su tratamiento se requiere
la autorización expresa del titular de la información (ejemplo: dato financiero
y crediticio)1.
Datos sensibles: Se
entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o
cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que
revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones
religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales,
de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o
que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así
como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.
Encargado del Tratamiento: Persona
natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros,
realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del
Tratamiento.
Responsable del Tratamiento: Persona
natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros,
decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.
Titular: Persona natural
cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
Tratamiento: Cualquier
operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la
recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
Transferencia: La
transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y/o Encargado del
Tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o
los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento
y se encuentra dentro o fuera del país.
Transmisión: Tratamiento
de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera
del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la
realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable.
MARCO NORMATIVO
El
artículo 15 de la Constitución Política, prevé el Derecho Fundamental que
tienen todas las personas a preservar su intimidad personal y familiar, y su
buen nombre; igualmente el derecho a conocer, actualizar y rectificar la
información que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos y en archivos
de entidades públicas y privadas. Por otro lado, el artículo 20 garantiza a las
personas la libertad de informar y recibir información veraz e imparcial.
La
Ley estatutaria 1266 de 2008 dicta las disposiciones generales del hábeas data
y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales,
en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente
de terceros países y se dictan otras disposiciones.
Con
la expedición de la Ley Estatuaria 1581 de 2012, se desarrolla el derecho
fundamental que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar
las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o
archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que
se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la
información consagrado en el artículo 20 de la misma; constituyendo el marco
general de la protección de los datos personales en Colombia.
La
Ley 1712 de 2014 crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la
Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.
El
Decreto 886 de 2014 reglamenta la información mínima que debe contener el
Registro Nacional de Bases de Datos, creado por la Ley 1581 de 2012, así como
los términos y condiciones bajo las cuales se deben inscribir en este los
responsables del tratamiento.
Decreto
1074 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en el capítulo 25 se
reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan
disposiciones generales para la protección de datos personales, en especial el
tratamiento y las políticas de tratamiento.
La
Resolución 1519 de 2020 define los estándares y directrices para publicar la
información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos
materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad
digital, y datos abiertos.
La
política de protección de datos se alinea con la Resolución que adopta el
modelo de seguridad y privacidad de la información y establece la política
general de seguridad y privacidad de la información.
PRINCIPIOS QUE RIGEN LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS
PERSONALES.
Para el
desarrollo de la presente política, se aplicarán, de manera armónica e
integral, los siguientes principios contenidos en la Ley 1581 de 2012:
a)
Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El Tratamiento a que se refiere la presente política es una
actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás
disposiciones que la desarrollen;
b)
Principio de finalidad: El Tratamiento debe
obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la
cual debe ser informada al Titular;
c)
Principio de libertad: El Tratamiento sólo
puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular.
Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa
autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el
consentimiento;
d)
Principio de veracidad o calidad: La
información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada,
comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales,
incompletos, fraccionados o que induzcan a error;
e)
Principio de transparencia: En el Tratamiento
debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del
Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin
restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan;
f)
Principio de acceso y circulación restringida: El
Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los
datos personales, de las disposiciones de la Ley 1581 de 2012, el capítulo 25
del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, y la
Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas
autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la ley;
Los datos
personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en
Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el
acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido
sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la ley;
g)
Principio de seguridad: La información
sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del
Tratamiento a que se refiere la ley, se deberá manejar con las medidas
técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad
a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no
autorizado o fraudulento;
h)
Principio de confidencialidad: Todas las
personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la
naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la
información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las
labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o
comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las
actividades autorizadas en la ley y en los términos de la misma.
ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Los principios y disposiciones
contenidas en la presente política serán aplicables a los datos personales
registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de
tratamiento, debiendo ser aplicada por los servidores públicos y contratistas
de la Entidad, así como de todos aquellos que actúen como encargados de datos
personales cuyo responsable sea el Instituto Departamental de Deportes del
Cauca
La presente política aplicará al
tratamiento de datos personales efectuado en territorio colombiano o cuando al
Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento no establecido en
territorio nacional le sea aplicable la legislación colombiana en virtud de
normas y tratados internacionales.
DEBERES DEL RESPONSABLE O ENCARGADO DEL TRATAMIENTO DE DATOS
PERSONALES
El responsable o encargado deberá cumplir
los deberes establecidos en el artículo 17 de la ley 1581 de 2012 y
regulaciones complementarias:
a) Garantizar al titular, en todo tiempo,
el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
b) Solicitar y conservar, en las
condiciones previstas en la ley, copia de la respectiva autorización otorgada
por el titular.
c) Informar debidamente al titular sobre
la finalidad de obtener o recolectar los datos y los derechos que le asisten
por virtud de la autorización otorgada.
d) Conservar la información bajo las
condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida,
consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
e) Garantizar que la información que se
suministre al Encargado del tratamiento sea veraz, completa, exacta,
actualizada, comprobable y comprensible.
f) Actualizar la información, comunicando
de forma oportuna al encargado del tratamiento, todas las novedades respecto de
los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas
necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada.
g) Rectificar la información cuando sea
incorrecta y comunicar lo pertinente al encargado del tratamiento.
h) Suministrar al encargado del
tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo tratamiento esté previamente
autorizado de conformidad con lo previsto en la ley 1581 de 2012 y regulaciones
complementarias.
i) Exigir al encargado del tratamiento en
todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la
información del titular.
j) Tramitar las consultas y reclamos
formulados en los términos señalados de la ley 1581 de 2012 y regulaciones
complementarias.
k) Informar al encargado del tratamiento
cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del titular,
una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite
respectivo.
l) Informar a solicitud del titular sobre
el uso dado a sus datos.
m) Informar a la autoridad de protección
de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan
riesgos en la administración de la información de los titulares.
n) Cumplir las instrucciones y
requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
o) Anonimizar los datos personales de los
titulares siempre que estos sean de carácter semiprivados, privados o
sensibles, así como los datos de niños, niñas y adolescentes.
DERECHOS DE LOS TITULARES
El
titular de los datos personales, obtenidos o recolectados y registrados en las
bases de datos del Instituto Departamental de Deportes del Cauca, se les
garantiza el ejercicio de los siguientes derechos, establecidos en el artículo
8 de la Ley 1581 de 2012:
a)
Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente al responsable o
encargado del tratamiento de los datos. Este derecho se podrá ejercer, entre
otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que
induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no
haya sido autorizado.
b)
Solicitar prueba de la autorización otorgada a la entidad salvo cuando
expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, de conformidad con
lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.
c)
Ser informado por el responsable o encargado del tratamiento, previa solicitud,
lo referente al uso que se ha dado a sus datos personales.
d)
Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por
infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la
modifiquen, adicionen o complementen.
e)
Revocar la autorización o solicitar la supresión del dato cuando en el
tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías
constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la
Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el tratamiento
la entidad o el encargado han incurrido en conductas contrarias a la Ley y a la
Constitución.
f)
Acceder de forma gratuita a sus datos personales que haya sido objeto de
tratamiento.
g)
Abstenerse de diligenciar cualquier medio de obtención o recolección de datos
personales que no cumpla con la normativa legal sobre datos personales.
AUTORIZACION DEL TITULAR
Sin perjuicio de las excepciones
previstas en la ley, el titular de los datos personales debe dar su
autorización previa, expresa e informada para su tratamiento, la cual deberá
ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior.
En el caso de los niños, niñas y
adolescentes, la autorización de tratamiento la dará su representante legal,
previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opinión que será
valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el
asunto.
No será necesaria la autorización para
el tratamiento del titular de los datos personales en los siguientes casos:
Información requerida por una entidad
pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden
judicial;
Datos de naturaleza pública;
Casos de urgencia médica o sanitaria;
Tratamiento de información autorizado
por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos;
Datos relacionados con el Registro
Civil de las Personas.
De conformidad con lo expuesto, el Instituto
Departamental de Deportes del Cauca como entidad pública únicamente en
desarrollo de sus funciones legalmente establecidas, no requiere de
autorización para la recolección y tratamiento de datos personales. En los
demás casos contará previamente con la autorización informada del titular o su
representante.
DERECHOS QUE LE ASISTEN COMO TITULAR
Los
titulares de la información cuentan con los siguientes derechos:
Conocer,
actualizar y rectificar sus datos personales frente al Instituto Departamental
de Deportes del Cauca en su condición de encargado del tratamiento. Este
derecho se podrá ejercer entre otros ante datos parciales, inexactos,
incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento
esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.
Solicitar
prueba de la autorización otorgada al Instituto Departamental de Deportes del
Cauca, salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el
Tratamiento, caso en el cual no sería necesaria.
Ser
informado por el Instituto Departamental de Deportes del Cauca, previa
solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales.
Presentar
ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo
dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen
o complementen.
Revocar la
autorización y/o solicitar la supresión del dato personal cuando en el
Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías
constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la
Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que, en el
tratamiento, el responsable o encargado han incurrido en conductas contrarias a
la Ley 1581 de 2012 y a la Constitución.
Acceder en
forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.
PERSONAS A QUIENES SE LES PUEDE
SUMINISTRAR INFORMACIÓN
1. los Titulares, sus causahabientes o sus representantes
legales.
2. A las entidades
públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden
judicial.
3. A los terceros autorizados
por el Titular o por la ley.
PROCEDIMIENTOS PARA QUE LOS TITULARES PUEDAN EJERCER SUS
DERECHOS EN LO REFERENTE AL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES
CANALES DE ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS
El
Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca a través de la
oficina de Archivo y del sistema de ventanilla y el módulo de PQRSDF quien es
responsable de la recepción, radicación y reparto de las peticiones, quejas,
reclamos, sugerencias y denuncias del titular de la información para que pueda
ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos
personales o revocar la autorización conferida a la Entidad para el tratamiento
de estos.
Ahora
bien, frente a cada petición que se allegue a la Entidad, será responsable de
su debido trámite interno la persona encargada de la ventanilla única a quien
esté dirigida y/o a quien se designe.
Dirección: Calle
5 No 9 – 10 Centro, Popayán – Cauca
Línea Telefónica: 602832396
Correo electrónico: pqrs@indeportescauca.gov.co
Sistema PQRSDF: https://grandtek.cloud/xpert_indeportes/pqrs.php
PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCION
DE CONSULTAS Y RECLAMOS
Con relación al artículo 15 de la Ley 1581 de 2012, los
titulares o sus causahabientes, que consideren que la información contenida en
una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o
cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes
contenidos en la Ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo ante la Entidad,
el cual será tramitado bajo las siguientes condiciones:
Consultas
Los
Titulares o sus causahabientes podrán consultar o solicitar corrección,
actualización o supresión de la información personal del Titular que repose en
el Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca, quien
suministrará toda la información contenida en el registro individual o que esté
vinculada con la identificación del Titular.
Las
consultas se formularán al correo electrónico pqrs@indeportescauca.gov.co
o en escrito dirigido a la Calle 5 No 9
– 10, Centro, Popayán – Cauca y/o portal web del Instituto en el link https://grandtek.cloud/xpert_indeportes/pqrs.php
La consulta
será atendida en un término máximo de treinta (30) días hábiles contados a
partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la
consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los
motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la
cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al
vencimiento del primer término.
Reclamos
Los Titulares o sus causahabientes cuando adviertan el
presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la ley,
podrán presentar un reclamo ante el Instituto Departamental de Deportes del
Cauca como responsable del tratamiento, el cual será tramitado bajo las
siguientes reglas:
El reclamo se formulará a través
del correo Las consultas se formularán al correo
electrónico pqrs@indeportescauca.gov.co o en escrito dirigido a la Calle
5 No 9 – 10, Centro, Popayán – Cauca y/o
portal web del Instituto en el link https://grandtek.cloud/xpert_indeportes/pqrs.php
que deberá contener la identificación del Titular, la descripción de los hechos
que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se
quiera hacer valer.
Si el reclamo resulta incompleto,
el Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca requerirá al
interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo
para que subsane las fallas.
Si transcurridos dos (2) meses
desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la
información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
En caso de que quien reciba el
reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en
un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al
interesado.
Una vez recibido el reclamo, el Instituto
Departamental de Deportes y Recreación del Cauca registrara dentro de la
herramienta tecnológica la petición para dar trámite, e incluirá en la misma,
una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término
no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el
reclamo sea decidido.
El término máximo para atender el
reclamo por parte del Instituto Departamental de Deportes y Recreación del
Cauca será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la
fecha de su recibo. Cuando no fuere posible responder en dicho término, el del
Instituto Departamental de Deportes del Cauca informará al interesado los
motivos de la demora y la fecha en que aquél se atenderá, sin llegar a superar,
en ningún caso, los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer
término.
AUTORIDAD
DE PROTECCIÓN DE DATOS.
La Superintendencia de Industria y
Comercio, a través de una Delegatura para la Protección de Datos Personales,
ejercerá la vigilancia para garantizar que en el Tratamiento de datos
personales se respeten los principios, derechos, garantías y procedimientos
previstos en la presente ley.
TRANSFERENCIA, TRANSMISION E INTERCAMBIO DE INFORMACION
CON TERCEROS
El Instituto Departamental de
Deportes del Cauca, exclusivamente para el desarrollo de sus funciones legales,
podrá transmitir a los operadores de los distintos programas de atención, datos
personales que haya recolectado y tenga bajo su custodia, quienes suscribirán
un contrato de transmisión de datos o un compromiso de confidencialidad en los
términos del artículo 2.2.2.25.5.2 del Decreto 1074 de 2015.
Eventualmente, el Instituto
Departamental de Deportes del Cauca en aplicación de los principios de
coordinación y colaboración armónica establecidos en la Constitución Política,
intercambiará información que contenga datos personales con las entidades
públicas que así lo soliciten y hagan uso de la misma para el cumplimiento de
sus funciones legales, para lo cual el Instituto Departamental de Deportes del
Cauca suscribirá acuerdos en los cuales se garantice la seguridad de la
información, confidencialidad y las condiciones de uso, sin que sea necesario
la autorización del titular de acuerdo al literal a) del artículo 10 de la Ley
1581 de 2012.
DIFUSION
El área de TICS del Instituto Departamental de Deportes y
Recreación del Cauca además de
distribuir la Política de Protección de Datos Personales a través de los
correos electrónicos institucionales, publicará para conocimiento general en el
sitio web www.indeportescauca.gov.co que se constituye como herramienta para
promover eficientemente la divulgación y acceso ágil a la información de la gestión
pública, temas institucionales, misionales, de planeación y espacios de
interacción y comunicación con la población deportiva departamento del Cauca.
ENTRADA EN VIGENCIA
La política de Tratamiento de
Datos Personales del Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca
empezó a regir a partir del 25 de noviembre del año 2015 y es actualizada
mediante el presente documento, de acuerdo con la normatividad, el cual rige a
partir de su publicación.