Proteccion de datos personales

 

 POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

 

 El Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca – INDEPORTES CAUCA, como responsable del tratamiento de datos personales obtenidos en desarrollo de su objeto y funciones legales, y en ejercicio de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012 y el capítulo 25 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, se permite establecer la siguiente política de tratamiento de datos personales, buscando garantizar la protección de los derechos fundamentales en su tratamiento.

 

IDENTIFICACION DEL RESPONSABLE Y ENCARGADO DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES:

 

INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE DEPORTES Y RECREACION DEL CAUCA – INDEPORTES CAUCA

Entidad pública descentralizada del orden territorial con el objetivo de patrocinio, el fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento para el deporte, la recreación, la educación extraescolar y el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación Integral de las personas en todas las edades, niveles y estamentos sociales en el departamento del cauca, todo en desarrollo del derecho constitucional que se consagra para todos los individuos en su libre acceso a una formación física, mental  y espiritual adecuada.

 

Será  el instituto el encargado de coordinar el plan nacional del deporte, la recreación y la educación física en los términos de la Ley  181 de 1995, o cualquier otra disposición legal que se consagre.

Encaminara sus acciones a fomentar el deporte formativo y la amplia participación de la comunidad, estimulara la competitividad bajo criterios de equidad y juego limpio.

NIT: 817004722-1

Domicilio Principal: Calle 5 No 9 – 10/Barrio el Centro – Popayán – Cauca

PBX: 602832396

Correo electrónico: pqrs@indeportescauca.gov.co

                       

 

INTRODUCCION

 El Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca – INDEPORTES CAUCA cuenta con un portal web, al cual puede acceder cualquier usuario conectado a Internet.  El portal www.indeportescauca.gov.co será referenciado en este documento como el Portal y debe contar con unas políticas de privacidad y tratamiento de datos personales, ya que los usuarios que hagan utilización de sus recursos deben estar de acuerdo con ellas antes de dar inicio al uso del Portal e interactuar con él.

ALCANCE

La política de tratamiento de datos personales de El Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca – INDEPORTES CAUCA aplica para quienes actúan como responsables o encargados de tratamiento y a toda información personal registrada en las bases de datos y archivos de la entidad.

 

Así mismo, está dirigida al conglomerado social en general para conocimiento público.

 

DEFINICIONES

 

Para el desarrollo de la presente política, se adoptan las siguientes definiciones contenidas en la Ley 1581 de 2012 y el capítulo 25 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015:

 

Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.

Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el responsable dirigido al titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.

Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.

Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.

Dato público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.

Dato personal semiprivado: Son datos que no tienen una naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no solo a su titular, sino a un grupo de personas o a la sociedad en general. Para su tratamiento se requiere la autorización expresa del titular de la información (ejemplo: dato financiero y crediticio)1.

Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.

Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.

Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.

Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.

Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.

Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y/o Encargado del Tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.

Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable.

 

MARCO NORMATIVO

El artículo 15 de la Constitución Política, prevé el Derecho Fundamental que tienen todas las personas a preservar su intimidad personal y familiar, y su buen nombre; igualmente el derecho a conocer, actualizar y rectificar la información que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. Por otro lado, el artículo 20 garantiza a las personas la libertad de informar y recibir información veraz e imparcial.

La Ley estatutaria 1266 de 2008 dicta las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.

 

Con la expedición de la Ley Estatuaria 1581 de 2012, se desarrolla el derecho fundamental que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma; constituyendo el marco general de la protección de los datos personales en Colombia.

 

La Ley 1712 de 2014 crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.

El Decreto 886 de 2014 reglamenta la información mínima que debe contener el Registro Nacional de Bases de Datos, creado por la Ley 1581 de 2012, así como los términos y condiciones bajo las cuales se deben inscribir en este los responsables del tratamiento.

 

Decreto 1074 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en el capítulo 25 se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales, en especial el tratamiento y las políticas de tratamiento.

 

La Resolución 1519 de 2020 define los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos.

 

La política de protección de datos se alinea con la Resolución que adopta el modelo de seguridad y privacidad de la información y establece la política general de seguridad y privacidad de la información.

 

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.

 

Para el desarrollo de la presente política, se aplicarán, de manera armónica e integral, los siguientes principios contenidos en la Ley 1581 de 2012:

a) Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El Tratamiento a que se refiere la presente política es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen;

b) Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular;

c) Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento;

d) Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;

e) Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan;

f) Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la Ley 1581 de 2012, el capítulo 25 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la ley;

Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la ley;

g) Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que se refiere la ley, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;

h) Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la ley y en los términos de la misma.

 

ÁMBITO DE APLICACIÓN.

 

Los principios y disposiciones contenidas en la presente política serán aplicables a los datos personales registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento, debiendo ser aplicada por los servidores públicos y contratistas de la Entidad, así como de todos aquellos que actúen como encargados de datos personales cuyo responsable sea el Instituto Departamental de Deportes del Cauca

La presente política aplicará al tratamiento de datos personales efectuado en territorio colombiano o cuando al Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento no establecido en territorio nacional le sea aplicable la legislación colombiana en virtud de normas y tratados internacionales.  

 

DEBERES DEL RESPONSABLE O ENCARGADO DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

El responsable o encargado deberá cumplir los deberes establecidos en el artículo 17 de la ley 1581 de 2012 y regulaciones complementarias:

a) Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.

b) Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el titular.

c) Informar debidamente al titular sobre la finalidad de obtener o recolectar los datos y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.

d) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

e) Garantizar que la información que se suministre al Encargado del tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.

f) Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al encargado del tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada.

g) Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al encargado del tratamiento.

h) Suministrar al encargado del tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la ley 1581 de 2012 y regulaciones complementarias.

i) Exigir al encargado del tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del titular.

j) Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados de la ley 1581 de 2012 y regulaciones complementarias.

k) Informar al encargado del tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.

l) Informar a solicitud del titular sobre el uso dado a sus datos.

m) Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los titulares.

n) Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

o) Anonimizar los datos personales de los titulares siempre que estos sean de carácter semiprivados, privados o sensibles, así como los datos de niños, niñas y adolescentes.

 

DERECHOS DE LOS TITULARES

El titular de los datos personales, obtenidos o recolectados y registrados en las bases de datos del Instituto Departamental de Deportes del Cauca, se les garantiza el ejercicio de los siguientes derechos, establecidos en el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012:

a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente al responsable o encargado del tratamiento de los datos. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.

b) Solicitar prueba de la autorización otorgada a la entidad salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.

c) Ser informado por el responsable o encargado del tratamiento, previa solicitud, lo referente al uso que se ha dado a sus datos personales.

d) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen.

e) Revocar la autorización o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el tratamiento la entidad o el encargado han incurrido en conductas contrarias a la Ley y a la Constitución.

f) Acceder de forma gratuita a sus datos personales que haya sido objeto de tratamiento.

g) Abstenerse de diligenciar cualquier medio de obtención o recolección de datos personales que no cumpla con la normativa legal sobre datos personales.

 

AUTORIZACION DEL TITULAR

Sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley, el titular de los datos personales debe dar su autorización previa, expresa e informada para su tratamiento, la cual deberá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior.

En el caso de los niños, niñas y adolescentes, la autorización de tratamiento la dará su representante legal, previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opinión que será valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto.

No será necesaria la autorización para el tratamiento del titular de los datos personales en los siguientes casos:

Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial;

Datos de naturaleza pública;

Casos de urgencia médica o sanitaria;

Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos;

Datos relacionados con el Registro Civil de las Personas.

De conformidad con lo expuesto, el Instituto Departamental de Deportes del Cauca como entidad pública únicamente en desarrollo de sus funciones legalmente establecidas, no requiere de autorización para la recolección y tratamiento de datos personales. En los demás casos contará previamente con la autorización informada del titular o su representante.

 

DERECHOS QUE LE ASISTEN COMO TITULAR

Los titulares de la información cuentan con los siguientes derechos:

Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente al Instituto Departamental de Deportes del Cauca en su condición de encargado del tratamiento. Este derecho se podrá ejercer entre otros ante datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.

 

Solicitar prueba de la autorización otorgada al Instituto Departamental de Deportes del Cauca, salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, caso en el cual no sería necesaria.

Ser informado por el Instituto Departamental de Deportes del Cauca, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales.

Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen.

Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato personal cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que, en el tratamiento, el responsable o encargado han incurrido en conductas contrarias a la Ley 1581 de 2012 y a la Constitución.

Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.

 

PERSONAS A QUIENES SE LES PUEDE SUMINISTRAR INFORMACIÓN

1. los Titulares, sus causahabientes o sus representantes legales.

2.  A las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.

3. A los terceros autorizados por el Titular o por la ley.

 

PROCEDIMIENTOS PARA QUE LOS TITULARES PUEDAN EJERCER SUS DERECHOS EN LO REFERENTE AL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES

 

CANALES DE ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS

El Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca a través de la oficina de Archivo y del sistema de ventanilla y el módulo de PQRSDF quien es responsable de la recepción, radicación y reparto de las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias del titular de la información para que pueda ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos personales o revocar la autorización conferida a la Entidad para el tratamiento de estos.

Ahora bien, frente a cada petición que se allegue a la Entidad, será responsable de su debido trámite interno la persona encargada de la ventanilla única a quien esté dirigida y/o a quien se designe.

Dirección: Calle 5 No 9 – 10 Centro, Popayán – Cauca

Línea Telefónica: 602832396

Correo electrónico: pqrs@indeportescauca.gov.co

Sistema PQRSDF: https://grandtek.cloud/xpert_indeportes/pqrs.php

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCION DE CONSULTAS Y RECLAMOS

Con relación al artículo 15 de la Ley 1581 de 2012, los titulares o sus causahabientes, que consideren que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo ante la Entidad, el cual será tramitado bajo las siguientes condiciones:

Consultas

Los Titulares o sus causahabientes podrán consultar o solicitar corrección, actualización o supresión de la información personal del Titular que repose en el Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca, quien suministrará toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del Titular.

Las consultas se formularán al correo electrónico pqrs@indeportescauca.gov.co o en escrito dirigido a la Calle 5 No  9 – 10, Centro, Popayán – Cauca y/o portal web del Instituto en el link  https://grandtek.cloud/xpert_indeportes/pqrs.php

La consulta será atendida en un término máximo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

 

Reclamos

Los Titulares o sus causahabientes cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la ley, podrán presentar un reclamo ante el Instituto Departamental de Deportes del Cauca como responsable del tratamiento, el cual será tramitado bajo las siguientes reglas:

El reclamo se formulará a través del correo Las consultas se formularán al correo electrónico pqrs@indeportescauca.gov.co o en escrito dirigido a la Calle 5 No  9 – 10, Centro, Popayán – Cauca y/o portal web del Instituto en el link  https://grandtek.cloud/xpert_indeportes/pqrs.php que deberá contener la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer.

Si el reclamo resulta incompleto, el Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas.

Si transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.

 

En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.

Una vez recibido el reclamo, el Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca registrara dentro de la herramienta tecnológica la petición para dar trámite, e incluirá en la misma, una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.

El término máximo para atender el reclamo por parte del Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible responder en dicho término, el del Instituto Departamental de Deportes del Cauca informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que aquél se atenderá, sin llegar a superar, en ningún caso, los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

 

AUTORIDAD DE PROTECCIÓN DE DATOS.

 

La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de una Delegatura para la Protección de Datos Personales, ejercerá la vigilancia para garantizar que en el Tratamiento de datos personales se respeten los principios, derechos, garantías y procedimientos previstos en la presente ley.

 

TRANSFERENCIA, TRANSMISION E INTERCAMBIO DE INFORMACION CON TERCEROS

El Instituto Departamental de Deportes del Cauca, exclusivamente para el desarrollo de sus funciones legales, podrá transmitir a los operadores de los distintos programas de atención, datos personales que haya recolectado y tenga bajo su custodia, quienes suscribirán un contrato de transmisión de datos o un compromiso de confidencialidad en los términos del artículo 2.2.2.25.5.2 del Decreto 1074 de 2015.

Eventualmente, el Instituto Departamental de Deportes del Cauca en aplicación de los principios de coordinación y colaboración armónica establecidos en la Constitución Política, intercambiará información que contenga datos personales con las entidades públicas que así lo soliciten y hagan uso de la misma para el cumplimiento de sus funciones legales, para lo cual el Instituto Departamental de Deportes del Cauca suscribirá acuerdos en los cuales se garantice la seguridad de la información, confidencialidad y las condiciones de uso, sin que sea necesario la autorización del titular de acuerdo al literal a) del artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.

 

DIFUSION

El área de TICS del Instituto Departamental de Deportes y Recreación  del Cauca además de distribuir la Política de Protección de Datos Personales a través de los correos electrónicos institucionales, publicará para conocimiento general en el sitio web www.indeportescauca.gov.co que se constituye como herramienta para promover eficientemente la divulgación y acceso ágil a la información de la gestión pública, temas institucionales, misionales, de planeación y espacios de interacción y comunicación con la población deportiva departamento del Cauca.

 

ENTRADA EN VIGENCIA

La política de Tratamiento de Datos Personales del Instituto Departamental de Deportes y Recreación del Cauca empezó a regir a partir del 25 de noviembre del año 2015 y es actualizada mediante el presente documento, de acuerdo con la normatividad, el cual rige a partir de su publicación.